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Sandra Noguera: “El Estado debe brindar mayores oportunidades de desarrollo al sector agroindustrial”

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Sandra Noguera: “El Estado debe brindar mayores oportunidades de desarrollo al sector agroindustrial”

La agroindustria nacional viene exigiendo políticas públicas que acompañen e impulsen la industrialización de este sector para poder seguir fortaleciéndose y así, las fábricas de molienda de granos generen aún más valor a través de productos cuya demanda crece en los mercados internacionales.

La gerente general de la Cámara Paraguaya de Procesadores de Oleaginosas y Cereales (Cappro), Sandra Noguera, reiteró la insistencia del gremio hacia el Gobierno para el establecimiento por ley del Régimen de Admisión Temporaria, a fin de lograr importar materias primas como una medida para otorgar mayor competitividad a las industrias locales.

La gerente hizo hincapié en que casi la totalidad de la soja nacional va al exterior y no se logra cubrir la demanda de las fábricas nacionales, las cuales tienen el potencial de procesar hasta 4,2 millones de toneladas al año, llegando apenas a 3,2 millones en promedio.

“Para consolidar la agroindustria y apuntar a un desarrollo integral de la cadena de valor se necesita que el Estado brinde mayores oportunidades de desarrollo al sector, para que las industrias nacionales puedan competir con las fábricas de otros países por la materia prima necesaria para aprovechar sus capacidades”, expresó en una entrevista con Valor Agrícola.

Impedimento. Noguera explicó que el régimen de admisión temporaria para perfeccionamiento activo previsto actualmente en el Código Aduanero permite ingresar al país materia prima, (en este caso las oleaginosas), para su transformación y posterior exportación de productos ya industrializados.

Sin embargo, sostuvo que el decreto reglamentario del mencionado Código establece que los productos ingresados al país bajo este régimen (y sus productos resultantes) deben mantenerse separados de los comprados localmente, lo que básicamente hace “inviable” las operaciones de importación para las oleaginosas y cereales.

En tal sentido, la especialista indicó que para cumplir esa exigencia, las industrias estarían obligadas a tener, tanto infraestructuras de almacenamiento exclusivas para las materias primas importadas y otras para las compradas localmente (con el altísimo costo que esto supone), como logística y operativa segregada para las mismas.

“Ambas cuestiones le restarían todavía más competitividad a la industria, razón por la cual nunca se ha utilizado este régimen, a pesar de que las aceiteras (incluso en años de buena cosecha) operan con una capacidad ociosa (es decir, no aprovechan la capacidad para procesar que ya tienen instalada) de más de 1 millón de toneladas al año”, argumentó la gerente.

Decreto. El año pasado, ante el inminente riesgo de desabastecimiento de materias primas por el quiebre de cosecha de soja de más del 65%, se aprobó el Decreto N° 7051/2022, el cual modificó el Decreto Reglamentario del Código Aduanero.

Dicha modificación tuvo como cambio significativo la eliminación de la exigencia de mantener separada la materia prima importada de la comprada localmente, y para controlar que la materia prima importada fue efectivamente utilizada en el proceso industrial, la Aduana podría realizar controles sobre los volúmenes de ingreso de materia prima y los de salida de aceites y harinas que resultan del procesamiento de acuerdo a los porcentajes de rendimiento previamente aprobados por el INTN.

Mientras que el otro cambio, menos sustancial desde el punto de vista económico, fue la exoneración total o parcial de las tasas por servicios prestados vinculados a las operaciones de importación, con excepción de la tasa del servicio de valoración aduanera -que es la que tiene mayor peso en el costo global de las tasas.

El referido régimen se había aprobado en mayo del 2022 a través del Decreto N° 7051/2022, pero solo de manera transitoria, con una vigencia hasta el 31 de diciembre del año pasado. No obstante, las industrias no pudieron hacer importaciones bajo este régimen debido a que la reglamentación del decreto se completó recién en agosto, cuando la cosecha de los países de la región (de dónde se pudo haber comprado) ya estaba totalmente vendida.

Impacto. Desde finales del año pasado, la Cappro viene solicitando al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) que se prorrogue la vigencia de este decreto. Sin embargo, hasta la fecha no han obtenido una respuesta al respecto.

Al respecto, Noguera expresó que dicha situación nuevamente está poniendo en riesgo el abastecimiento de materias primas para las industrias paraguayas (esta vez por la fuerte demanda de granos que habrá desde Argentina) y que se está dejando pasar la oportunidad de que las fábricas nacionales cubran ese faltante de soja importando a su vez soja por admisión temporaria desde Brasil, país que este año tiene una cosecha récord.

Finalmente, apuntó que este régimen de admisión temporaria para importar materias primas la tienen otros países, para asegurar el abastecimiento de las mismas a las agroindustrias durante todo el año, “porque entienden que una mayor industrialización reporta cuantiosos beneficios para sus países”, citando como ejemplo la generación de más y mejores empleos, mayores ingresos de divisas y recaudación, con lo cual podrán hacer frente a más gastos e inversiones públicas.

“Paraguay no debería desaprovechar la creciente demanda de alimentos y debe apuntar a convertirse en un proveedor de estos, adoptando políticas públicas que impulsen un mayor aprovechamiento de las materias primas agrícolas”, sentenció.