El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto 2.327/2024 por el cual se amplía y modifica el Decreto N° 5791/2021 que creó el Comité Técnico del Transporte Terrestre de Carga. Las modificaciones realizadas están orientadas a mejorar y optimizar el transporte terrestre de carga en Paraguay, informó la Dirección Nacional de Transporte.
Entre las principales modificaciones del nuevo decreto se destacan la ampliación del alcance de la Carta de Flete señalando que los granos de maíz se suman a los productos que deben ser transportados con Carta de Flete, junto con los granos oleaginosos y aceites de origen vegetal
Desde la dependencia explicaron que los ajustes realizados a la normativa se adecuan a las necesidades actuales del sector fortaleciendo la regulación del transporte para la economía del país.
La ampliación del artículo 2° de la normativa que incorpora nuevas categorías, como el Transportador de cargas propio, permitiendo una mejor clasificación en el sector.
La implementación obligatoria de la Carta de Flete, lo cual refuerza la obligatoriedad del uso de la Carta de Flete como documento esencial para el transporte de los productos, incluyendo ahora también los granos de maíz.
Igualmente se actualiza la lista de instituciones y gremios que integran este comité técnico.